jueves, 1 de marzo de 2012


"AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ”

Un Perú que lee, un País que cambia



INSTITUCIÓN  EDUCATIVA

N° 3071



"MANUEL TOBÍAS GARCÍA CERRÓN"

 
















REGLAMENTO INTERNO

2011

































INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 3071 "Manuel Tobías García Cerrón" de Educación Primaria y Secundaria de Menores, suscribe la Política Educativa cuyas divisiones son once (11) títulos y cuarenta (42) artículos y Disposiciones Complementarias quienes contienen los aspectos generales vinculados a la administración, organización y actividades pedagógicas. Así mismo los deberes y derechos del personal que laboran en la Institución Educativa, de los educandos y padres de familia.

El presente Reglamento Interno contiene disposiciones que oriente al personal de la Institución Educativa a conocer mejor sus responsabilidades y derechos a fin de lograr su participación comprometida en las tareas educativas y que establezcan las leyes del sector educación.

Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento Interno es tarea de todos los que tenemos responsabilidades en la conducción y formación de nuestros educandos para garantizar mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos.























































TITULO I

GENERALIDADES

ART. 1o. – CONCEPTO



El Reglamento Interno de la Institución Educativa N° 3071 "Manuel Tobías García Cerrón" es el documento legal que regula la organización y funcionamiento interno de la institución, para facilitar y asegurar el logro de los fines y objetivos propuestos.



ART. 2o.- FINALIDAD



Determinar las funciones generales y específicas del personal que labora en la institución, padres de familia y alumnos estableciendo sus deberes, derechos, obligaciones y responsabilidad así como las faltas, sanciones y estímulos en concordancia con los dispositivos legales vigentes.



ART. 3°.- BASE LEGAL



o   Constitución Política del Perú

o   Ley N° 28044 Ley General de Educación

o   Ley N° 25212  modificatoria de la Ley N° 24029  

o   Ley N° 27444 Ley Del Procedimiento Administrativo General

o   Ley N° 28628 Ley que regula la participación de las Asociaciones de padres de   familia en las instituciones Educativas Publicas. D.S. N° 004- 2 006 - ED.

o   Ley Orgánica del Ministerio de Educación

o   Ley Nº 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación.

o   Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de la función Publica y su reglamento  D.S. N° 033 – 2005 PCM.

o   Ley N° 26269 Acceso al cargo de Director de los CC. PP. Educativos de Gestión Estatal

o   Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización

o   Ley N° 27942 Acciones en casos de maltrato físico, psicológico, hostigamiento sexual y violación sexual a estudiantes de las II.EE. y el D.S. N° 010 – 2003 – MINDES.

o   Ley Nº 28988 Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio     público esencial. Fecha 03-04-2007. DS. Nº 017 – 2007- Ed.

o   Ley Nº 29062 Ley que modifica la carrera Pública Magisterial.

o   Ley N° 27927 Ley que modifica la Ley N° 27806.

o   Ley N° 28740 Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad Educativa

o   Ley Nº 28740 Ley del Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación de l calidad Educativa.

o   Ley Nº 28024 Reglamento D.S. N°  99 – 2003 PCM. Medidas de Corrupción

o   Ley N° 29060 “Ley del Silencio Administrativo”

o   R.M. N° 574 - 94 - ED. Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal.

o   D.S. N° 07- 2001-ED. Normas para la Gestión y Desarrollo de las actividades en   los Centros y Programas Educativos.

o   R.M. N° 166 – 96  Reglamento de Organización y Funciones de las UGEL.

o   R.M. N° 168-2002-ED. Aprueba las Disposiciones Complementarias de las  Normas para la Gestión y Desarrollo de Las Actividades en los Centros y Programas Educativos.

o   R.M.N° 1225- 85-ED. Normas sobre la determinación de los cinco primeros que han obtenido los mas altos promedios generales al concluir Educación Secundaria.

o   R.M. N° 1297- 85-ED. Normas para la Organización y Funcionamiento del Proceso  Nacional de Recuperación Académica.

o   R.M. N° 0084- 2007-ED. Campaña por el Respeto y Puntualidad

o   D.S. N° 026- 2003-ED. Planes y Proyectos que garanticen la Ejecución de Acciones sobre Educación Inclusiva en el marco de una “Década de la Educación Inclusiva 2003-2012”

o   D.S. N° 019-90-ED. Reglamento de la Ley del Profesorado.

o   D.S. N° 050-82-ED Reglamento de Supervisión Educativa.

o   D.S N° 013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular.

o   R M N° 0234-2005-ED. Normas sobre Evaluación de los Aprendizajes e los Estudiantes en la Educación Básica Regular.

o   R.M. N° 0440-2008-ED. Aprueban el Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular.

o   D. L. Nº 276 – 84 Carrera Administrativas.

o   DS. Nº 006 – 2006 –ED. Que aprueba el ROF del Ministerio de Educación, modificado por el DS. Nº 016- 2007- ED y el DS. Nº 001 -2008 – ED.

o   D.S. Nº 025 – 2006 – ED Evaluación Censal EBR del aprendizaje de alumnos de 2º grado

o   D. S. Nº 028 – 2007 ED. Reglamento de Gestión de Recursos Propios.

o   RVM. Nº 0017 -2007 – ED. Normas que establecen la Organización y ejecución de la actividad permanente de movilización social: “Escuelas Seguras, Limpias y Saludables”

o   RM. Nº 0405 – 2007 – ED Aprueban lineamientos de acción en caso de maltrato físico y/o sicológico, hostigamiento sexual y violación de la libertad sexual a estudiantes de I.E. fecha 10 – 09 – 2007.

o   R.M. Nº 0069 – 2008 – ED Aprueban la matricula de niños y jóvenes con discapacidad en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo en el marco de la Educación Inclusiva.

o   R.M. Nº 0394 – 2008 –ED Normas que regulan el procedimiento para la aprobación de las solicitudes de excursiones o visitas de los estudiantes formulados por las I.E.

o   R.M.0441 -2008 –ED Directiva para el desarrollo el año escolar 2009 en las I.E. de Educación Básica Regular y Productiva.

o   D.S. Nº 003-2008-ED “Reglamento de la Ley Nº 29062, Ley que modifica la Ley del profesorado en lo referido a la Carrera pública Magisterial”.

o   R.M. N° 0008-2008- ED. Directiva N° 003-2008-ME/VMGI. Norma para la Ejecución del Mantenimiento Preventivo Básico de los locales donde funcionan las Instituciones Educativas Publicas.

o   R.M. N° 0466-2004-ED. Aprueba Directiva N° 101-2004-ME/SG. Normas para el Proceso de Racionalización.

o   R.M. N° 0101 – 2009-ED.  Aprueba Lineamientos para la Evaluación y Nacionalización de Plazas de Técnico Productivo del Sector Publico.

o   R.M. N° 0201-2009-ED. Procedimientos para la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual en el Sector Educación.

o   R.M. N° 0341-2009-ED. Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2010 en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva.



ART. 4.- ALCANCE

a)             Director.

b)      Sub Directores:

· Sub Director de Formación General (secundaria)

· Sud Director de Educación de Primaria.

· Sub Director Administrativo.

c)              Personal Docente.

d)             Personal Administrativo y de Servicio.

e)              Padre de familia.

f)                Alumnos.

g)             Auxiliares de Educación



ART. 5.- VIGENCIA



El Reglamento Interno entra en vigencia a partir de la fecha de su aprobación, Marzo del año 2 010 hasta la culminación de tres años académicos consecutivos: 2 010- 2 011 y 2 012.



TITULO   II

DE LOS FINES Y OBJETIVOS

ART. 6.- FINES



Los Fines de la Institución Educativa: Nº 3071 “Manuel Tobías García Cerrón” es impartir una educación integral, destinada fundamentalmente a lo educativo en escrito sentido humanista, científico y tecnológico; tiene como finalidad:

a)     Realizar acciones de orientación y asesoramiento.

b)     Capacitación a los docentes, alumnos y padres de familias.

c)     Cultivar valores, cívicos, éticos y religiosos.



ART. 7.- OBJETIVOS



Los objetivos de la institución educativa son:

a)    Mejorar la calidad del aprendizaje y del servicio educativo mediante la capacitación del Personal Directivo, Administrativo y Docente, financiado con recursos propios de la I.E.

b)    Comprometer la participación permanente de los padres de familia en el desarrollo de las actividades y/o proyectos por áreas y especialidades o proyectos globalizados utilizando los recursos propios.

c)     Fomentar la actividad y competitividad en el educando como una característica fundamental en la Institución Educativa.

d)    Ofrecer orientación vocacional a los educandos a fin de que facilite al elegir una opción ocupacional cuando ingresan a estudios superiores.

e)    Fortalece el valor moral y cívico patriótico en los alumnos, teniendo en cuenta la identidad nacional.

f)      Reemplazar los métodos tradicionales por métodos y técnicas mas modernos acorde al avance de la ciencia y tecnología mediante una nueva propuesta educativa basada en la eficiencia los cuales caracteriza a la calidad del proceso de aprendizaje.

g)    Mejorar la coordinación, comunicación y relaciones humanas entre el personal que labora en la Institución Educativa, buscando la participación y compromiso de toda la comunidad educativa.

h)    Promover la consolidación y ejecución de funciones del Consejo Educativo Institucional conformado por Directivos, Representante de Docentes, Representante de Administrativos, Representante de los Alumnos, Representantes de los Padres de Familia y ex alumnos.

i)      Promover la organización de un comité de evaluación interna para el personal directivo, docente y administrativo a fin de reconocer el esfuerzo y merito individual y colectivo.

j)      Comprometer a la APAFA, comités de aula, mantenimiento y conservación del estado óptimo del local escolar, el jardín y las áreas verdes. 

k)     Realizar la Escuela para Padres, cuyos hijos tienen mal comportamiento y aprovechamiento, a fin de reducir el índice de aplazados y de repitencia.

l)      Unificar criterios para el momento de la supervisión técnico pedagógico.

m)   Generar recursos propios para ejecutar los diferentes proyectos a fin de mejorar permanentemente los servicios que brinda la Institución Educativa.



TÍTULO   III

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA



A.RT. 8.-  Organigrama Estructural de la Institución Educativa N° 307Í "Manuel T. G. Cerrón"



a)    Órgano de Dirección                                               : Director.

  Sub Director de formación General.

  Sub Director del Nivel Primaria.

  Sub Director de Administración. 

b)    Órgano de coordinación                         : Coordinadores de los niveles

  Primaria, Secundaria y los coordinadores ciclo y de áreas.

c)    Órgano de Ejecución                                              : Docente de Educación Primaria y Secundaria

d)    Órgano de apoyo                                     : Personal administrativo, servicio y Auxiliar de Educación

e)    Área de Promoción Educativa                               : - Área Técnico Pedagógico

Comunal (PEC)                                          - Coordinadores de Ciclos y Áreas                                                             : -

f)      Órganos de Participación y coordinación:

- Asociación de padres de familia (APAFA).

- Asamblea de profesores (de los dos niveles)

- Consejo Académico.

- Consejo Educativo Institucional.

- Comité de apoyo (comité de aula) y otros.

- Tutoría de orientación educativa (TOE):

·         Municipio Escolar

·         Defensoría del niño y del adolescente

·         Ex alumnos





TITULO  IV

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 3071

"Manuel Tobías García Cerrón"



Art 9.- INICIO



El inicio del año académico empieza el primer día útil  de Marzo y debe ser flexible, la decisión se toma en la institución Educativa de acuerdo y en consenso de la Comunidad Educativa, respetando siempre el marco legal del Ministerio de Educación y finaliza de la misma manera en Diciembre de conformidad con el D.S. N° 007- 2001- ED su complementaria R.M. N° 165-2002-ED. Y R. M.N° 0667-2005- ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular - Proceso de Articulación.



ART. 10.- DURACIÓN



El año lectivo tiene una duración mínima de no menos de cuarenta semanas: mil cien horas efectivas de clases en el nivel primario y de mil doscientos horas efectivas de clases en el nivel secundario.



ART. 11.- VACACIONES



Las vacaciones intermedio del año lectivo para los educandos se inicia después de las fiestas patrias, hasta la segunda semana del mes de Agosto, durante el cual, el personal docente y administrativo realizara acciones de reajuste, complementación y reforzamiento de tareas y acciones.



ART. 12.- HORARIO



El funcionamiento de la institución educativa queda establecida en el siguiente horario: Nivel Educación secundaria es de 45 minutos pedagógicos por 35 horas a la semana y Nivel Primario de 45 minutos pedagógicos por 30 horas a la semana.







PRIMARIA



Turno mañana                    :      8:00 a m      a        01:00 pm.

Turno  tarde                         :      1:10 pm       a        06:10 pm.



SECUNDARIA



Turno mañana                    :      7:40 a m        a        01:15 pm.

Turno  tarde                         :       1:15 pm        a        06:50



ART. 13.- DE LA MATRICULA



Es responsabilidad del Director del plantel organizar y ejecutar el proceso de la matricula y ratificación del mismo en coordinación estrecha con el personal docente y administrativo que laboran en la institución educativa, integrado con la participación activa de los padres de familia a través de sus directivos de APAFA.

Este proceso se realizará de acuerdo a la demanda y vacantes existentes, no exceder más de 35 alumnos en ambos niveles, más aun de conformidad a la norma para la gestión y desarrollo de las actividades en las instituciones educativas vigentes a la fecha.

Las secciones en las que se encuentran niños inclusivos deberán tener menos cantidad de alumnos.

Al ratificar la matricula los Padres deberán firmar una hoja de compromiso y otro de seguimiento, sobre todo para aquellos alumnos cuya conducta haya sido observada el año anterior.



ART. 14.- DE LA CERTIFICACIÓN



La Institución Educativa N° 3071 "Manuel Tobías García Cerrón", entregara los certificados de estudios a sus alumnos de ambos niveles en formatos-remitidos por el Ministerio de Educación.

a)   El estudiante tiene derecho a recibir sus certificados de estudios en forma gratuita siempre y cuando haya culminado sus estudios completos en el nivel que le corresponda: en educación primaria del al 6o grado y en nivel secundaria del 1o al 5o grado respectivamente (única vez).

b)   En consecuencia aquellos estudiantes que requieran este documento debe abonar por el costo del formato oficial; normado por el Ministerio de Educación.  

c)    Los certificados de estudios serán firmados por el director                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                        siempre que estén debidamente verificados los calificativos por la sub dirección administrativa en el nivel secundario y en educación primaria por el sub director (a).



TITULO  V

DE LOS ÓRGANOS QUE INTEGRAN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA



ART. 15.- DEL ÓRGANO DIRECTIVO:



-       El Director (a) es la primera autoridad de la institución Educativa responsable de la programación, organización, supervisión, evaluación y control de todas las acciones técnico pedagógica y administrativa de los diferentes servicios que brinda la institución educativa.

-       Depende administrativamente de la Dirección de la UGEL-04

-       Ejerce el cargo a tiempo completo, siendo su jornada laboral de cuarenta horas cronológicas, distribuidas estas horas en los períodos de funcionamiento de la institución.

-        El Estado y los padres de familia han depositado su confianza en el Director dentro del marco de la política educativa nacional que le confiere nuevas responsabilidades que conllevan el cumplimiento de obligaciones.              



FUNCIONES DEL DIRECTOR:



Ø  EN LO PEDAGÓGICO:

a)    Optimizar la calidad del aprendizaje y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos y promoviendo y alentando la innovación pedagógica

b)   Promulgar en la Institución Educativa, los documentos normativos que orientan la vida del Centro Educativo y que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales.

c)    Promover y presidir el consejo Educativo institucional.

d)   Establecer en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar, teniendo en cuenta las orientaciones y normas dadas por el MED. Para el inicio del año escolar.

e)     Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio educativo.

f)   Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades pedagógicas en diversos lugares de la Comunidad.

g)  Suscribir convenios  y/o  contratos  con  fines  educativos  y  organizar eventos  de capacitación y actualización docente.

h)  Estimular y organizar la participación de los alumnos del centro educativo en eventos de carácter deportivo, educación y otras instituciones de acuerdo a la presente norma.

i)    Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan  espacios de  ínter aprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI.

j)    Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los Institutos Superiores Pedagógicos y facultades de Educación, supervisando y asegurando la permanencia del docente responsable en el aula, garantizando el asesoramiento al practicante y posibilitando las innovaciones pedagógicas.

k)      Promover y programar reuniones de coordinación Técnico – pedagógicas de ambos niveles y turnos, el último viernes de cada Bimestre.

l)        Está facultado para programar y ejecutar en el periodo vacacional el Programa de Recuperación Pedagógica, autofinanciado de acuerdo a las normas.

m)Seleccionar y designar y designar el personal docente titulado y Administrativo en función de las plazas que les corresponde y existentes dentro de la institución educativa y comunica a la UGEL para formalizar el contrato respectivo dentro de los diez días útiles.

n)  Evaluar,   incentivar   y   reconocer   el   esfuerzo   y   mérito individual y  Colectivo. En caso de una evaluación negativa sancionar al personal directivo, jerárquico, docente y administrativo. Para estos efectos cada Director constituirá el consejo Académico..

o)  Otorgar licencias.

       Cuando la licencia sea de 30 días o más seleccionar y designar al docente titulado reemplazante por el tiempo que dure la licencia  del titular, comunicando oportunamente a la Direcciónla UGEL. Para la formalización contractual quien emitirá la resolución dentro del plazo de 05 días. Así mismo otorgar licencia al personal administrativo y cubrir dicha licencia aun cuando sea sin goce de haber.

p)  Formular el presupuesto de   la Institución Educativa y velar por la correcta administración de recursos propios informando a la comunidad educativa al finalizar el año escolar.

q)  Organizar y coordinar el servicio de supervisión educativa del Consejo Académico.

r)   Suscribir  convenio  y/o  contratos  con  fines  educativos  y Organizar eventos de capacitación y actualización docente.

s)  Estimular   y    otorgar   la   participación    de    los    alumnos en eventos o concursos convocados por la UGEL.

t)   Estimular o sancionar, según el caso al personal que labora dentro   de   la  Institución Educativa   de   conformidad   del  presente reglamento.

u)  Informar en su oportunidad sobre los documentos emitidos por la entidad superior para evitar la omisión de participación.



Ø  EN LOS RECURSOS Y SERVICIO DEL CENTRO EDUCATIVO      



a)   Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestado por el centro educativo,  siguiendo las orientaciones del PEI y normas oficiales y atendiendo equitativamente las necesidades de los diversos niveles y modalidades existentes en el centro educativo.

b)   Formular el presupuesto del centro educativo y velar por la correcta administración de todos los recursos incluyendo los recursos propios.

c)    Presiden la Comisión de Adjudicación de Kioscos y Cafetería del centro Educativo de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes.

d)   Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual.

e)    Presentar de manera oportuna en el mes de diciembre los Instrumentos de Gestión.

f)     Aprobar el destino de recursos económicos previa coordinación   del CONEI y representante de recursos financieros



Ø  EN LO ADMINISTRATIVO:



a)  Otorgar a todas las Comisiones de Trabajo las respectivas Resoluciones de acreditación al inicio del año escolar.

b)  Supervisar y evaluar las actividades en coordinación con el personal directivo y jerárquico de la Institución Educativa.

c)  Organizar el proceso de matrícula y expedir los certificados de estudio, dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación en cualquier momento del año.

d)  Comisión Especial de Evaluación de cada nivel o modalidad educativa, especificando la justificación del requerimiento y la duración del contrato. El órgano intermedio de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en la Ley N° 24029, formaliza el contrato o nombramiento en un plazo no mayor de diez días útiles.

e)  Evaluar, incentivar y reconocer el esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal (docente y administrativo).  En caso de una evaluación, adoptar las medidas correctivas según lo dispuesto por las normas legales vigentes.

f)   Proponer al órgano intermedio las licencias de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionar y designar en el centro educativo, previa propuesta de la respectiva Comisión Especial de Evaluación o quien haga sus veces, al docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución se emite dentro del plazo de diez días útiles. Asimismo, proponer al órgano intermedio la licencia del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber.

g)  Informar de manera pública transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro educativo.

h)  Elaboración y presentación del plan de Trabajo de la Dirección a la asamblea de docentes, la última semana de Noviembre.

i)    Evaluar los informes de las Comisiones programadas por cada Bimestre, para su reconocimiento o reformulación.

j)    Coordinar con el CONEI para invertir el fondo de mantenimiento de acuerdo de las necesidades prioritarias e informar el balance en el primer trimestre del año.

Ø EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA:



a)   De la Institución Educativa.

b)   Respetar el acuerdo de los representantes de los diferentes estamentos de I.E.

c)    Coordinar con la Asociación de Padres de Familia y el órgano intermedio del Ministerio de Educación, asuntos de interés común.

d)   Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.

e)    Promover actividades de promoción educativa comunal y actividades de apoyo a la  alfabetización de adultos.

*      EN RELACIÓN CON NIÑOS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES ESPECIALES:



a)   Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones (Defensoría Escolar.)

b)   Garantizar la integración del centro educativo y al aula de alumnos con necesidades educativas especiales (niños inclusivos) en los casos que lo ameritan.

c)    Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de la comunidad escolar.

d)   Otras funciones inherentes a su cargo.

e)    Son prohibiciones del Director todo lo que está normado en todas las normas de bases legales



Art. 16.- EL SUB DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL:



Es el docente responsable de la administración educativa depende del Director del plantel, cuya jornada laboral es de 40 horas y requisito que conozca el campo de la economía y las finanzas.



Son funciones del Sub Director  de Administración:

*      Programar, organizar, dirigir, supervisar, evaluar las actividades de carácter administrativo económico y financiero.

a)         Racionalizar y supervisar el trabajo del personal administrativo y de servicio distribuyéndoles tareas de acuerdo a las necesidades del colegio.

b)        Organizara y coordinara permanentemente las actividades específicas del personal de servicio en la limpieza de aulas, puertas, ventanas, patios, servicios higiénicos y perímetros externos de la I.E.

c)         Asignara a cada personal el riego cuidado y mantenimiento de los jardines y áreas verdes de la I.E.

d)        Velar por la limpieza, conservación y la seguridad del Plantel

e)         Programa, organiza, administra, racionaliza y supervisa el buen uso de los recursos propios y la infraestructura para el adecuado funcionamiento de la I.E.

f)          Elabora y publica el horario del personal Directivo, jerárquico, administrativo y de servicio

g)        Administra, controla y coordina labores de la secretaria, trámite documentario, archivo, publicaciones e impresiones de acuerdo a las normas vigentes.

h)        Mantener actualizado la documentación referente al trámite documentario contable del Colegio.

i)           Participar en la elaboración del PAT, RI, PEI y otros que coadyuven a la gestión educativa.

j)           Informar al director el Incumplimiento de funciones del personal administrativo y de servicio a su cargo.
Controlar  la  asistencia  y puntualidad  del  personal  docente, administrativo y de servicio.

k)         Elaborar el consolidado de inasistencia del personal administrativa y de servicios y publicarlos mensualmente.

l)           Elaborar el consolidado de inasistencia del personal administrativo y de servicios. Publicar oportunamente.

m)       Coordinar con el director jornadas de actualización para el personal a su cargo.

n)        Promover actividades que genere recursos económicos.

o)        Realizar en coordinación con la Dirección y la Sub dirección, la distribución de los alumnos por sección.

p)        Autorizar el ingreso y/o salida de bienes materiales equipos y otros en coordinación con la Dirección.

q)        Supervisar las actividades económicas del Comité de recursos financieros.

r)          Participar en las comisiones de adquisición de bienes y servicios.

s)         Integrar el equipo Técnico y recursos Financiero de acuerdo al DS Nº 028-2007-ED.

t)          Elabora el inventario de todos los bienes y servicios de la IE., en coordinación con las subdirecciones y la comisión altas y bajas.

u)        Formula el cuadro de necesidades de bienes y servicios de la IE. En función de la infraestructura y requerimiento de la administración.

v)         Vela por el mantenimiento, conservación y seguridad de la infraestructura equipos y enseres de la IE.

w)       Presenta el Balance económico de los ingresos de recursos propios e informa a las autoridades competentes.

x)         Es responsable de la instalación del equipo de sonido para todas las actividades cívico-patrióticas, lunes cívico, fechas cívicas y actividades centrales en ambos niveles y turnos.

y)         Mantiene actualizada al CAP del I.E. las nominas de matricula, actas de evaluación, recuperación y demás documentos.

z)         Restructuración y publicación del MOF (Manual de Organización de Funciones) para el personal a su cargo.

aa)     Recepcionar los libros del MED y distribuirlos de acuerdo al nivel.

bb)    Otras que la Dirección le delegue.



Art. 17.- FUNCIONES DE LA SUB DIRECCIÓN DE FORMACIÓN  GENERAL:



a)        Depende del Director del Plantel, trabaja 40 horas cronológicas.

b)        Participa en la formulación del PEÍ, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno de la Institución Educativa y Plan Curricular del Centro.

c)    Participa  y  cumple   acciones  de  planificación,   organización  y  ejecución  de  las actividades programadas en el Plan de Trabajo.

d)        Coordina y orienta el desarrollo integral del currículo, asegurando el mejoramiento de las acciones educativas.

e)    Elabora el Plan de Supervisión Técnico Pedagógico.

f)     Orienta el trabajo del Jefe de Laboratorio, brindándole el asesoramiento correspondiente desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje.

g)   Planifica, controla, supervisa y evalúa la organización y funcionamiento de las acciones técnico pedagógico que desarrolla el plantel en los diferentes turnos, en coordinación con el Director, la subdirección administrativa y la sub-dirección de primaria.

h)   Coordina con el Jefe de Laboratorio en las actividades previstas para el cumplimiento de sus funciones

i)     Supervisa las actividades de orientación y bienestar del educando.

j)     Promueve la realización de estudios e investigaciones para mejorar los métodos, técnicas, material educativo infraestructura con potencial educativo.

k)   Orienta a los docentes en el manejo, aplicación y desarrollo de nuevas metodologías educativas

l)     Coordina acciones de capacitación con la Dirección, subdirección administrativa para el personal docente.

m) La subdirección de formación general coordina con el Consejo Escolar, la comisión y equipo de tutores sobre la disciplina interna y externa del alumnado en general.

n)   Supervisa, orienta   y evalúa e informa permanentemente las acciones del personal docente y auxiliar de educación.

o)   Controla la asistencia y puntualidad del personal a su cargo en el aula e informa el consolidado a la Dirección para los fines pertinente publicándolo mensualmente

p)   Promover y organizar reunión bimestral de coordinación por áreas y/o especialidades de acuerdo a un cronograma, en coordinación con la Dirección del Plantel.

q)   Asume la Dirección en caso de ausencia del Director.

r)    Realiza otras funciones afines a su cargo, que le asigne el Director.

s)    Promover, con el personal a su cargo un óptimo clima institucional.

t)     Promover actividades técnico- pedagógico de acuerdo a su nivel.

u)   Establece los cuadros de horas, los horarios y turnos bajo su responsabilidad, en coordinación con la comisión responsable, haciendo respetar las normas.

v)   Desarrolla reuniones técnico-pedagógicas Bimestrales

w)  Ordenar la entrega oportuna de nóminas y registros del personal

x)   Organiza las actividades de subsanación del educando trimestralmente a lo largo del año lectivo y en el periodo vacacional.

y)   Hacer cumplir el presente Reglamento.

z)    Anota oportunamente las observaciones referentes al personal a su cargo (permisos x días, salidas, tardanzas).

aa)    En las reuniones y actividades cívicas programadas deben estar presentes en forma obligatoria para dar realce.

bb)    Programa y ejecuta el uso adecuado del centro de computo, laboratorio, biblioteca en coordinación con la sub dirección administrativa, la sub- dirección de primaria  y la Dirección

cc)Asume el control de aula en ausencia de un profesor, si fuera necesario.

dd)    Controla el cumplimiento de la hora de recreo.



ART. 18.-FUNCIONES DE LA SUB DIRECCION  ACADEMICA DE PRIMARIA



a)   Depende del Director, trabaja 40 horas cronológicas.

b)   Participa en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo de la I.E.

c)    Orienta el trabajo de los profesores de acuerdo a la normatividad.

d)   Orienta el trabajo, programa y realiza jornadas de actualización para los profesores de la I.E. Nº 3071 acorde a su nivel.

e)    Controla la asistencia, puntualidad y permanencia del personal a su cargo publicándolo mensualmente.

f)     Orientar la programación curricular y su ejecución conjuntamente con los profesores de aula

g)   Supervisar permanentemente la  labor docente.

h)   Planificar, organizar y supervisar el proceso de evaluación del educando y las actividades de recuperación académica.

i)     Elabora el Plan de Supervisión Interna y lo presenta a la asamblea de docentes para su aprobación.

j)     Promueve el desarrollo de estudios de carácter pedagógico así como la preparación de material didáctico y la realización de ferias y concursos escolares.

k)   Promueve concursos entre grados.

l)     Controla el cumplimiento del horario de recreo apoyando con el toque de timbre para la salida y el ingreso, coordinando con el profesor de turno.

m) Informa periódicamente al Director de la Institución Educativa sobre actividades técnico-pedagógico de acuerdo a su nivel.

n)   Coordinar con los profesores la elaboración del Plan de Estudios por grados.

o)   Desarrolla reuniones técnico-pedagógico bimestralmente.

p)   Anota oportunamente las observaciones referentes al personal a su cargo (permisos, salidas, tardanzas).

q)   En las actividades cívicas y reuniones programadas debe estar presente en forma obligatoria para dar realce.

r)    Programar y ejecutar el uso adecuado el aula de innovación del centro de Cómputo, el Laboratorio de Ciencias y la Biblioteca en coordinación con la Sub-dirección de Formación General y la Dirección.

s)    Programar adecuadamente la distribución del desayuno escolar de los alumnos con poyo del personal administrativo y de servicio en sus respectivos turnos.

t)     Supervisar las actividades de TOE.

u)   Asume el control de aula en ausencia del profesor.



ART. 19.- PERSONAL DOCENTE: Primaria:



Programa y ejecuta procesos de enseñanza- aprendizaje para lograr las competencias y objetivos que persigue la Institución Educativa 3071.



FUNCÍONES:

a)    Labora 30 horas pedagógicas (Ley 24029) y 30 horas pedagógicos (Ley 29062) según la Ley correspondiente.

b)    Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa.

c)     Programa, desarrollo y evalúa las actividades curriculares, así como las actividades de Tutoría y de las de Promoción Educativa Comunal.

d)    Atiende a los padres de familia en horario que no interfiera con la labor pedagógica y previa cita en el cuaderno de control.

e)     Organiza y ambienta el aula y prepara material didáctico con la colaboración de los educandos y padres de familia.

f)     Evalúa el proceso de enseñanza – aprendizaje y la elaboración de la documentación correspondiente.

g)    Mantiene actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.

h)    Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la Institución Educativa o por las instancias superiores.

i)      Integra las comisiones de trabajo y colabora con la Dirección de la Institución Educativa en las acciones que permitan el logro de los objetivos de la Educación Primaria y lo especifico de la institución.

j)      Atiende a los educandos y vela por su seguridad durante el tiempo que permanecen en la institución, incluyendo las horas de recreo, higiene y alimentación.

k)    Velar por la participación y la disciplina de los alumnos durante las formaciones y actividades cívicas.

l)      Detecta los problemas que afectan el desarrollo del educando y su aprendizaje, tratando o derivando a o por lonseñanza - aprendizaje, profesor de turno.el fondo de mantenimiento de acuerdo de las necesidades prioritarios e informlos que requieran atención especializada.

m)  Realiza acciones de recuperación pedagógicas de los alumnos de acuerdo al Plan de trabajo del Consejo Académico.

n)    Vela por el buen estado de conservación de los bienes de la Institución Educativa, coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos.

o)    En las actividades cívicas y reuniones programadas debe estar presente en forma obligatoria

p)    Participar en forma obligatoria en las actividades cívicas y de coordinación técnico pedagógicas programadas por cada Bimestre.



ART. 20.- FUNCIONES DEL PROFESOR DE TURNO: Nivel Primario



El Sub director elabora en coordinación con los profesores de ambos turnos el rol de tumos, los cuales tendrá una duración de una semana cada uno y será rotativo: sus funciones son las siguientes:

a)   El ingreso de los profesores de turno a la Institución educativa será de 15 minutos antes de la hora entrada 7.45 a m. en la mañana y 12.45 en la tarde la salida será después de todos los docentes y alumnos en cada turno, solo se aplica en el nivel primario.

b)   Controlar el horario de inicio y término del recreo.

c)    Reportar a la Subdirección cualquier anomalía que se observe dentro del plantel con los alumnos y/o personal que labore o padres de familia.

d)   Atenderá toda consulta por parte de los profesores y/o PP.FF. en horas de atención al publico.

e)    Será responsable en autorizar la salida de los alumnos durante la permanencia en la Institución educativa, en ausencia del sub-director de primaria.

f)     Cada tumo deberá estar conformado por dos profesores.

g)   Deberá velar por el libre acceso en la entrada y salida en las puertas.

h)   Controlar el horario de inicio y final del recreo.



Ø En el control del libre acceso todos los profesores somos responsables dentro del aula y fuera del perímetro de la Institución Educativa. Apoyar en el control de la disciplina.



ART. 21.-DOCENTES DE NIVEL SECUNDARIA



Programa, ejecuta procesos de aprendizaje con visión humanista, científica y tecnológica.



FUNCIONES:

a)   Labora 24 horas pedagógicas (Ley 24029) o 24 horas pedagógicas (Ley 29062) según corresponda.

b)   Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo.

c)    Programa, desarrolla y evalúa las actividades curriculares, así como las actividades de Tutoría y las de PEC, de conformidad con la Ley General de Educación, el reglamento N° 8013 – 2004 ED y las normas específicas que expida el Ministerio de Educación.

d)   Evalúa el proceso de enseñanza - aprendizaje (sin derívalo a alumnos practicantes) de acuerdo con las  normas vigentes y cumple con la elaboración de la documentación correspondiente.

e)    Participa en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como en eventos de actualización profesional organizados por la Institución Educativa o por las instancias superiores.

f)           Integra las comisiones de trabajo y colabora con la Dirección de la Institución Educativa en las acciones que permitan el logro de los objetivos generales del nivel y/o modalidad y los específicos de la institución en que labora.

g)        Orienta a los educandos y vela por su seguridad durante el tiempo que permanezcan en la Institución Educativa.

h)        Atiende a los padres de familia en horario que no interfiera con la labor pedagógica (horas libres), y previa cita en el cuaderno de control.   

i)            Realiza acciones de recuperación pedagógica.

j)           Coopera en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la institución.

k)        Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de Familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos informando de los sucesos al auxiliar de educación área de TOE según la complejidad del caso.

l)            Permanecer y asesorar al estudiante de Institutos Superiores, Pedagógicos o Facultades de Educación durante su práctica en la I.E.

m)    Controla la disciplina de los alumnos durante sus horas de clase

n)        Apoya en el control de la disciplina en horas de recreo o cambios de hora.



ART.22.- TUTORES:



Velan el correcto desenvolvimiento del alumno en aprendizaje, salud, asistencia, comportamiento, participación de actividades de integración social, ambientación de aula, etc. Debiendo ser docente nombrado en la I.E.



FUNCIONES.-



a)   Facilita la integración de los alumnos en su grupo y en el conjunto de la vida escolar.

b)   Fomenta en los alumnos el desarrollo de actividades participativas.

c)    Atiende las dificultades mas generales de aprendizaje de los alumnos, así como a sus necesidades educativas especificas, para orientar a la correspondiente, educación personalizada del currículo.

d)   Explicar al alumno sobre sus deberes y derechos sobre las normas de la I.E. y otros.

e)    Promueve y coordina actividades que fomente la convivencia, integración y participación de los alumnos en la vida de la Institución Educativa.

f)     Coordina con los tutores de grado para la elaboración de un programa anual y corto además planifican actividades comunes en bien del alumnado.

g)   Tiene a cargo la calificación del comportamiento con el apoyo del auxiliar de educación u otra persona asignada para tal fin.

h)   Trasmite a los profesores y/o auxiliares todas las informaciones del alumnado que les pueda ser útiles para el desarrollo de sus tareas, evaluaciones y orientaciones.

i)     Organiza el comité de aula.

j)     Formula con el comité de aula un plan de trabajo para la mejora del aula y la participación del alumnado en todas las actividades de la Institución Educativa.

k)   Atiende a los padres en las horas de atención establecidas ( horas libres y previa cita en el cuaderno de control)

l)     Desarrolla el plan de tutoría temas que contribuya en el desarrollo personal del educando dando énfasis en temas de sexualidad y actitud vocacional.

m) Evaluar la conducta de los alumnos a su cargo en coordinación con el auxiliar.

n)   El tutor en cada periodo recepcionará de la sub dirección de formación general las boletas de notas de los alumnos de su tutoría para entregarlos a los padres de familia en reunión de aula.

o)   Apoya y coordina con los alumnos de la sección de su tutoría para la presentación del periódico cultural y otras actividades de interés de nuestra Institución.

p)   Promueve en coordinación con el departamento de Psicología y Dirección, Comité de aula para que todos los alumnos de quinto año, participen en charlas de orientación vocacional como apoyo para su futuro profesional.

q)   Desarrolla el plan de tutoría fomentando temas que contribuyan en el desarrollo personal del educando.

r)    Evaluar la conducta de los alumnos a su cargo teniendo en coordinación con el auxiliar.

s)    Derivar a TOE los casos de mayor complejidad, para informar a DESNA para el apoyo respectivo.



ART.23.- AUXILIARES DE EDUCACIÓN:



*      Realizan acciones de apoyo Técnico - Pedagógico, participando en actividades formativos, disciplinarias y de bienestar del educando.



FUNCIONES:



a)        Cumplen una jornada laboral de 30 horas cronológicas.

-          Mañana  :  Ingreso 7:20   am.                salida : 1:20 pm.

-          Tarde      :  Ingreso 12:55 pm.                salida : 6:55 pm.

b)        Llevar los Registros de asistencia diaria de los alumnos por grados y secciones de acuerdo al número de secciones que le corresponde.

c)        Consolida el promedio de asistencia diaria - mensual de los educandos de los grados y secciones a su cargo.

d)        Solucionar las faltas al reglamento por parte de los alumnos en primera instancia, cuando haya reincidencia o gravedad de la falta, informar al profesor tutor, Tutoría o a la Dirección de la Institución Educativa según requiera el caso.

e)        Efectuar rondas permanentes por los diferentes ambientes de la Institución Educativa velando por el estricto cumplimiento de las normas de disciplina, especialmente en la hora de recreo.

f)         Brindar trato adecuado a los alumnos sin maltrato físico o verbal de ningún tipo, sin responsabilizar a los alumnos que realizan funciones que le competen al auxiliar, como sellar cuadernos de control, hacer firmar el parte de asistencia de los docentes, etc.

g)        Realizar formaciones los días lunes del alumnado en el patio y en las actividades cívicas patrióticas de la Institución Educativa.

h)        Mantener un clima institucional adecuado.

i)          Acompañar a las delegaciones de alumnos a las actuaciones cívicas patrióticas que realicen fuera de la Institución Educativa.

j)         Incentivar a los educandos para mantener limpio el aula y el aseo personal e individual, la conservación de la infraestructura, el material didáctico, el mobiliario escolar, servicios higiénicos de la I.E.

k)        Informar a los profesores de la asignatura, sobre las justificaciones de las inasistencias de los alumnos a efecto de establecer su derecho o impedimento de los exámenes, informando a su jefe inmediato.

l)          Recoger en forma oportuna las libretas de calificaciones de los alumnos a su cargo, cuidando que estén firmados sin alteración, y entregar en forma oportuna a los tutores o a la administración.

m)      Auxiliar y ayuda a los educandos en casos de emergencia.

n)        Llevar el registro anecdótico y de incidencias de los alumnos a su cargo.

o)        Recabar oportunamente las agendas escolares, cuidando que estén firmados sin alteración y sellarlas al ingreso del alumnado.

p)        Mantener comunicación permanente con los padres de familia para informar sobre el comportamiento y rendimiento académico de los educandos.

q)        Participar activamente en Tutoría y en las actividades que programe la Dirección de la institución Educativa.

r)        Dar charlas a los alumnos sobre la constitución política del Perú, Educación Cívica, normas de urbanidad, campaña contra las drogas en horas libres o en ausencia de los profesores.

s)         Coordinar con el tutor la evaluación correspondiente a la conducta del alumnado a su cargo

t)         Evaluar la conducta de  los alumnos mediante el control de asistencia, puntualidad, orden, disciplina y aseo, mas la nota del tutor(a).

u)        Hacer firmar en su horario de trabajo el parte de clases, por el profesor responsable en forma oportuna y entregar el mismo día a la sub dirección de formación general, en ningún caso se permitirá la firma de un profesor practicante.

v)        Monitorear desde un punto estratégico la presencia de los alumnos, dentro y fuera del aula.

w)      Tocar el timbre para anunciar la hora de entrada, cambio de horario, recreo y salida de los educandos.

x)        Revisar al alumnado el correcto uso del uniforme, sin permitir las alhajas, celulares, aretes, corte cabello escolar en los varones, cintas y bien peinadas en las alumnas. Realizar requisas continuamente de objetos que no este permitido traer, entregándolos con un acta a la Dirección e informando al tutor respectivo.

y)        Realizar otras tareas afines a su cargo que se le asigne.

z)        Exigir el uso de tarjetas de permiso, para los alumnos durante las horas de clase.

aa)    Detectar alumnos problemas, realizando el respectivo seguimiento para informar a la respectiva para su evaluación y corrección o derivación a otra I.E.

bb)    Los auxiliares serán los últimos en salir de la institución, cuando todos los alumnos hayan salido en su respectivo turno.



ART. 24.- AUXILIAR DE BIBLIOTECA:



Recepciona,  registra,  verifica  los  materiales  de  lectura  que ingresa a la biblioteca, atienden los pedidos de lectura de los usuarios.



FUNCIONES:



a)   Cumple una jornada laboral de 40 horas cronológicas, siendo su horario de 8:00 am.  a  4:15 pm. de lunes a viernes.

b)   Incentivar el buen funcionamiento y uso del material bibliográfico, máquinas, muebles y demás enseres que cuenta la biblioteca. Publicar un listado con el material bibliográfico, audiovisual y láminas con las que cuente la biblioteca.

c)    Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos y ordenar los libros, revistas, folletos, etc. de acuerdo a la codificación y catálogos establecidos.

d)   Codificar y hacer el inventario físico de los bienes y enseres.

e)    Orientar a los lectores en el uso adecuado de catálogos, textos, revistas, libros y otros documentos garantizando su conservación.

f)     Hacer cumplir las normas de uso, préstamo y reposición del material de lectura.

g)   Entregar material bibliográfico a los interesados previa presentación de carné u otro documento de identificación para controlar la devolución.

h)   Informar al jefe inmediato superior sobre las ocurrencias producidas en la prestación de servicios.

i)     Mantener actualizado y ordenado el material bibliográfico depurado u obsoleto.

j)     Recomendar al usuario el comportamiento en la sala de lectura, así como el trato adecuado de los documentos de consulta.

k)   Establecer un horario de atención de la sala de lectura para no interferir con el normal desarrollo de las actividades educativas.

l)     No realizar funciones, actividades (ensayos de baile) que no le corresponden.

m) Mantener el ambiente de la biblioteca limpio y ambientado.

n)   Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico, (empaste, encuadernación, etc.)

o)   Promover campañas para el incremento del material bibliográfico y del banco de libros.

p)   Implementar videotecas y ficheros, actualizados con contenidos educativos, científicos y tecnológicos.

q)   Realizar otras funciones afines a su cargo.

r)    Que el 20 o/o de ingresos de APAFA. debe ser invertido para la adquisición de libros.

s)    Debe tener capacitación como bibliotecario.

t)     Mantener actualizado y codificado el Banco de Libros. Entregarlos y recabarlos de manera oportuna a los alumnos, bajo su responsabilidad.

u)   Facilitar el material audio visual a las aulas de ambos niveles.

v)   Mantener abierta el ambiente de la Biblioteca durante su horario laboral.

w)  Gestionar donaciones a las imprentas, editoriales y otras instituciones afines e informar el resultado de su gestión.



ART. 25.-PERSONAL DE SERVICIO III (GUARDIANIA)



Realiza labores de seguridad, vigilancia y portería en la Institución Educativa 3071.



FUNCIONES:



              Cumple una jornada laboral de 7.45 horas cronológicas diarias.

a)   Realiza custodia de la Institución Educativa a través  de rondas permanente   de los ambientes, siendo cuya custodia en su jornada laboral bajo su plena responsabilidad.

b)   No dejar salir bienes y enseres de la Institución Educativa 3071, salvo bajo autorización escrita por la autoridad superior.

c)    No dejar salir los instrumentos de la banda de música fuera de  la Institución Educativa sin ninguna autorización.

d)   Cumplir con su turno programado registrando las incidencias y casos en el cuaderno de registro y comunicando en forma inmediato en caso necesario a la Dirección.

e)    No   permitir   el   ingreso   del   personal   que   labora   en   la Institución Educativa,  miembros de APAFA, Alumnos, personas ajenas a la I.E. fuera del horario de trabajo, como en los días feriados, sábados y domingos; salvo autorización escrita por el Director.

f)     Realizar la limpieza y el mantenimiento de los ambientes que le asigne la Sub Dirección Administrativa de la Institución Educativa.

g)   No   dejar  ingresar  al  personal   en   estado  etílico  y otras personas ajenas durante su horario.

h)   No, abandonar el Centro Educativo durante su horario laboral.

i)     No consumir bebidas alcohólicas dentro, ni fuera de la I.E. durante su horario de trabajo.

j)     No delegar funciones a terceras personas.



ART. 26.- PERSONAL DE SERVICIO II:



Realiza actividades de limpieza, portería y seguridad de los bienes materiales y de la infraestructura de la Institución Educativa 3071.



FUNCIONES.-



a)   No permitir que los mobiliarios (carpetas, sillas) salgan del aula para ser utilizadas en otros tipos de actividades.

b)   Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario Establecido.

c)    Durante el periodo de vacaciones escolares de medio año y el verano deben realizar el mantenimiento y limpieza general de la infraestructura y mobiliario de la IE.

d)   Realizar el mantenimiento, conservación y limpieza de los ambientes De la Institución Educativa (aulas, servicios higiénicos, ventanas y. otros) además de los asignados específicamente. Ocho aulas por personal de servicio, incluyendo SS.HH., áreas verdes, abiertas y escaleras.

e)    Realizar labores de conserjería, ofreciendo un trato respetuoso al personal docente, alumnos y padres de familia.

f)     Abrir las aulas y los servicios higiénicos  a su cargo oportunamente.

g)   Mantener los servicios higiénicos abiertos durante todo el horario de clase.

h)   Velar por el buen mantenimiento, conservación y reparación de los bienes y enseres de la Institución Educativa.

i)     Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que salen de la Institución Educativa cuenten con la autorización escrita por el Director.

j)     Integrar el comité de alimentación escolar, apoyando en la distribución  del refrigerio escolar.

k)   Informar oportunamente los daños ocasionados en las aulas o ambiente a su cargo por escrito.

l)     Otras funciones que se le asigne, afines a su cargo.

m) Distribuye interna y externamente la documentación.

n)   Realizar trabajo efectivo durante sus 7:45 horas cronológicas de su trabajo (no incluye refrigerio).



ART. 27.- PERSONAL AUXILIAR DE LABORATORIO.-



El Auxiliar de Laboratorio depende del Coordinador de laboratorio y tiene como funciones las siguientes:

a)   Participar en la instalación de los equipos de laboratorio.

b)   Registra en el cuaderno de ocurrencias los sucesos para, al final del bimestre realice un consolidado.

c)    Al final del año escolar elabora el inventario de altas y bajas de equipos, instalaciones y materiales, reactivos sustancias e insumos.

d)   Distribuye y controla los equipos, reactivos sustancias e insumos en forma racional.

e)    Cumplir su horario laboral de 7.45 horas cronológicas diarias (no incluye refrigerio). Publicando su horario de atención.

f)     Mantener el ambiente del laboratorio limpio y ambientado.

g)   Permanecer en su ambiente durante su horario laboral.

h)   Brinda el apoyo necesario a los docentes de ciencias en el desarrollo de las actividades de ciencias, experimentaciones o prácticas de laboratorio o fuera de las instalaciones, como trabajo de campo, visitas de estudio, etc.

i)     Recepciona y distribuye los materiales reactivos, sustancias e insumos que se utilizan en las experimentaciones y comprueba el estado en el que se encuentran, para luego realizar la higiene o limpieza necesaria de cada uno si lo requiere y ubicarlo en su respectivo lugar.

j)     Anota en el cuaderno de control la salida de equipos, materiales, módulos, maquetas fuera del laboratorio.

k)   Revisa todo material, maquetas o módulos que son devueltos después de su utilización comprobando su estado.

l)     Anota las experimentaciones o practicas realizadas por los docentes    en

m) el libro o Cuaderno de Registro de Experimentaciones de Laboratorio.

n)   Es reemplazado en forma coordinada por el auxiliar del otro turno siguiente, o periodo correspondiente.

o)   Participa en  la  elaboración  del  horario para el uso  del laboratorio.

p)   Es responsable de las llaves del laboratorio.

q)   Realiza la impresión de documentos, experimentaciones o guías de prácticas.

r)    Si es convocado por la jefatura de laboratorio participa en las reuniones.

s)    Cumple con los trabajos que le asigne el coordinador del  laboratorio.

t)     Elabora el cuadro de experimentos de materiales, reactivos y sustancias para la realización de las experimentaciones.

u)   Limpia y esteriliza materiales.

v)   Lleva y publica en un lugar visible el inventario actualizado.

w)  Preparación de los materiales, solicitados en las experimentaciones.

x)   Rotula y codifica materiales, reactivos y sustancias.

y)   Preparación de laminas, soluciones y reactivos.

z)    Organizar el archivo de las experimentaciones o prácticas.

aa)             Es responsable del estado de los materiales y equipos del laboratorio.



ART. 28.- PERSONAL  OFICINISTA

                   La oficinista depende directamente de la Subdirección Administrativa.

FUNCIONES ESPESIFICAS:

1.- Elabora y digita certificados, constancias de estudios y e conducta.

2.- Registra y lleva el control de los alumnos que no han sido ratificado su matricula, de los alumnos retirados y de los que son exonerados en el área de educación religiosa y educación física.

3.- Digita las actas de evaluación final, de recuperación y subsanaron en las fichas de evaluación.

4.- Vela por el orden y conservación de los archivos, las actas y registros de notas que están a su cargo.

5.- Digita bimestralmente los cuadros de merito por grados para ser publicados en el lugar visible.

6.- Informa por escrito los errores detectados en los registros, actas, nominas y fichas de evaluación final para la rectificación correspondientes.

7.- Horario de ingreso es de 8.00 am hasta las 4.15 pm jornada de 7.45 horas efectivas

8.- La responsabilidad, lealtad, discreción, puntualidad son los valores que marcan nuestro rumbo hacia el cambio.

9.- Cumple otras funciones que le asigne la jefatura.





ART. 29.- CONSEJO ACADEMICO



Funciones del Consejo Académico:



a)   Elabora, desarrolla y evalúa las propuestas pedagógicas (PCI)

b)   Analizar el trabajo del docente y recomendar para mejorar el aprendizaje.

c)    Diseña estrategias para optimizar los servicios de Tutoría.

d)   Formular los criterios de evaluación y recuperación académico del estudiante.

e)    Promover investigaciones e innovación.

f)     Participar en el marco de PEI  y PAT. Y en organizaciones de actividades y programas de la IE.

g)   En coordinación con la Dirección participara en las evaluaciones de docentes de acuerdo a las directivas.



30.- DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO:



CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.- (CONEI)



El Órgano de asesoramiento esta conformado por CONEI, en una   instancia   superior   y   por   los   órganos   de   apoyo   Tutoría   y  coordinadores técnicos pedagógicos, en una instancia cotidiana.



FUNCIONES:



1.     Armonizar criterios para la formulación, ejecución, evaluación del Plan Anual y del Proyecto de Educativo Institucional.

2.     Analizar, seleccionar alternativas que contribuyan al mayor desarrollo  de    las actividades técnico- pedagógicas, presupuéstales de personal y administrativas de la Institución Educativa.

3.     Asesorar y recomendar al órgano de la Dirección las acciones mas adecuadas frente a los problemas de mayor envergadura que se presenta en la Institución Educativa.

4.     Planifica, ejecuta y evalúa las acciones realizadas con problemas de trascendencia basándose en situaciones en que la esperanza resulte positiva.

5.           Mantener en todo momento la ETICA PROFESIONAL, manteniendo en secreto en todo momento los casos tratados por el estamento.

6.           No   escatimar   esfuerzos   para   la   solución   de  problemas especificas  más aun  si pertenece  al  área expresa de  su competencia.

7.     Orientar y asesorar en la aplicación de las técnicas, procedimientos y materiales utilizados en el proceso enseñanza aprendizaje.

8.     Recepcionar  las opiniones de los docentes y mantenerlos informados de los acuerdos de las reuniones.

9.     Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la IE., y los indicadores de desempeño laboral.

10. Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la IE.

11. Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la IE.

12. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la IE., y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento general de la APAFA , estén comprometidos con las actividades previstas en el  Plan Anual de Trabajo.

13. Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido.

14. Coordinar y fiscalizar el uso de los fondos económicos (recursos propios y mantenimiento de obras)

15. Evaluar los proyectos y sus inversiones pertinentes, solicitando oportunamente el informe respectivo.



DEFENSORIA   DE   LOS   DERECHOS   DEL   NIÑO   Y   DEL ADOLESCENTE:



Son  las  funciones del responsable  de  la Defensoría de los Derechos Del Niño y el Adolescente:

a)   Dirigir y supervisar el plan de trabajo y funcionamiento general de la Defensoría, incorporándolo al Pían Anual de la Institución Educativa.

b)   Designar, inscribir y evaluar a los defensores y a los promotores (alumno de cada sección).

c)    Firmar documentos en representación, tales como cartas, informes, solicitudes, relacionados con el funcionamiento y gestión de la Defensoría en la Institución Educativa.

d)   Coordinar con las instituciones del entorno a fin de lograr el apoyo y respaldo de la comunidad.

e)    Recepciona las demandas de los niños (as) y deriva a instancia pertinentes según la magnitud del caso.

f)     Coordinar con el responsable de la UGEL todas las acciones referidas al funcionamiento de la Defensoría.

g)   Facilitar el uso de los medios de comunicación de la Institución Educativa a fin de promover la difusión de los derechos del niño y de los adolescentes, así como las actividades programadas.

h)   Llevar un control de los informes emitidos por los Defensores, los que serán remitidos a la dependencia responsable de la UGEL.

i)     Participar en la designación de las tutorías de las secciones del nivel secundario.



ART. 29.- DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN ESTUDIANTIL:



1.-MUNICIPIOS ESCOLARES:



Es una organización que promueve la participación de los estudiantes, ofreciéndoles un canal para realizar actividades en beneficio de su Institución Educativa, además de ser una experiencia pedagógica que los prepara para el ejercicio de la ciudadanía.



ESTRUCTURA DE LOS MUNICIPIOS ESCOLARES:



Esta constituido por dos instancias de organización.-

A.       Los Concejos de Aula

B.       El Concejo Escolar.



A) LOS CONSEJOS DE AULA

Integrado por todos los estudiantes del aula, quienes eligen  Democráticamente 05 representantes para que desempeñen los Cargos de:



ü  Alcalde de Aula

ü  Regidor (a) de Educación, Cultura y Deporte.

ü  Regidor (a) de salud y Medio .Ambiente

ü  Regidor (a) de Producción y Servicios.

ü  Regidor (a) de los Derechos del Niño y del Adolescentes.



B) EL CONSEJO ESCOLAR

Es la instancia representativa del Municipio Escolar. Se constituye en elecciones democráticas, para lo cual se inscriben listas de candidatos (as) y mediante el voto universal y secreto de todo el alumnado se eligen a sus seis (ó) integrantes.

-          Alcalde (sa).

-          Teniente Alcalde.

-          Regidor (a) de Educación, Cultura y Deporte.

-          Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente.

-          Regidor (a) de producción y Servicios.

-          Regidor (a) de los Derechos del Niño y del Adolescente.



FINES DEL MUNICIPIO ESCOLAR



a)    Canalizar organizadamente las inquietudes de los estudiantes a través de actividades educativas, sociales, culturales y recreativas.

b)    Desarrollar actividades de promoción y defensa de los Derechos del Niño y el Adolescente.

c)     Fortalecer el sentido de responsabilidad, solidaridad y práctica de la Democracia.

d)    Trabajar por el progreso y desarrollo de su Institución Educativa y el Bienestar de sus miembros.

e)     Proyectarse a su comunidad colaborando en la solución de sus Problemas.

f)     Impulsar acciones que refuercen el desarrollo de la programación Curricular.

g)    Organizar y participar en las campañas de salud y cuidado Ambiental.

h)    Coordinar con las autoridades locales (Municipio, Hospital, etc.), para la solución de problemas o necesidades de sus compañeros.

i)      Presentara su Estatuto y Reglamento a la Dirección educativa.

j)      Elaborar y presentar un plan de trabajo anual.



ART. ASOCIACION DE EX ALUMNOS



FUNCIONES.-

      Coordinar con la Dirección o CONEI, gestionar y apoyar para el desarrollo de la IE.

      Su presencia y permanencia en la IE. Será exclusivamente  en relación a las gestiones específicas.



2.- POLICÍA ESCOLAR

                 

Es   una   organización   estructural   estudiantil   de   carácter educativo formada Por los alumnos de diversos años de instrucción, encargada de colaborar en mantener el orden. Fue  creada en el año de 1948 por el sargento Io G.C Mauro Roca Bernal. Por R.D 15847 del 11 de Julio de 1971. Fue reconocida oficialmente.



FUNCIONES:



En coordinación con la Dirección, auxiliares de educación y comisión de disciplina realizaran las siguientes acciones:



§  Mantener el orden (formaciones, desplazamiento, aula)

§  Velar por el cumplimiento del reglamento del alumnado

§  Prevenir accidentes de transito según su competencia.

§  Representar a la Institución Educativa 3071 en actos cívicos.

§  Colaborar en el desarrollo de acciones de Defensa Civil.

3.- DEFENSA CIVIL



Son funciones del comité de Defensa Civil:



·      Formular el plan de protección, seguridad y evacuación de la Institución Educativa.

·      Realizar simulacros cuatro veces al año con el correspondiente marcado del patio, aulas y por niveles.

·      Organizar y participar en el C.O.E. (Centro de Operaciones y Emergencias) dirigiendo y controlando las acciones y disposiciones planificadas como siniestros, señalizando zonas de seguridad.



ART. 30 .-  DEL ORGANO DE APOYO



COMITÉ DE AULA



Integrado por padres de familia de cada sección, elegidos en asamblea, en coordinación con el profesor de aula o tutor, para:

§ Apoyar al tutor y/o profesor de aula en actividades representativas de la sección: culturales, deportivas, sociales, de     

  integración.

§ Coordinar con APAFA.

§ Promover la participación y la colaboración de los padres de familia en beneficio de una determinada sección.

§ Promover la relación armoniosa entre docentes, educandos y padres de familia.



T I T U L O   VI

DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS, SANCIONES Y SUSPENSIONES DE LOS  EDUCANDOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 3071



ART. 31.- SON DERECHOS DE LOS EDUCANDOS:



a)        Recibir formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física.   

  Contar con mobiliario personal y adecuado.

b)        Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación y ser informados de los asuntos que le conciernen como alumno.

c)        Recibir en forma gratuita el Servicio Educativo de conformidad con las normas dispuestas por el Ministerio de

  Educación.

d)        Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus obligaciones en forma publica.

e)        Ser escuchado en algún pedido o reclamo por conducto regular, siempre que guarde cordura y respeto.

f)         Ser evaluado de acuerdo a las disposiciones vigentes y con criterio justo.



ART. 32 .- SON DEBERES DE LOS EDUCANDOS:



a)   Cumplir   las   disposiciones   del   siguiente   reglamento   y   las emanadas por la Dirección de la Institución Educativa 3071.

b)   Respetar al personal de la institución Educativa 3071 (docentes, auxiliares y personal administrativos) y a sus Condiscípulos.

c)    No utilizar el nombre de la Institución Educativa en actividades no autorizadas por la Dirección de la Institución Educativa 3071.

d)        Participar   en   forma   responsable   en   el   desarrollo   de   las actividades de la institución Educativa 3071 correctamente uniformados.

e)         Concurrir con responsabilidad y esmero a la Institución Educativa y en el turno y horario respectivo. Los alumnos que trabajan deberán sustentar sus necesidades o requerimientos con documentos escritos.

f)           Conservar el prestigio de la Institución Educativa.

g)        Evitar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres que dañen la salud física y mental de los educandos.

h)        Contribuir con el cuidado y conservación de los ambientes, talleres, equipo, mobiliario, y bienes de la Institución Educativa haciéndose responsable de los daños ocasionados.

i)            Velar por la limpieza del aula evitando arrojar papeles, realizar inscripciones y escrituras en las carpetas y paredes de la Institución Educativa.

j)           Asistir correctamente uniformados, practicar hábitos de higiene: los varones utilizaran el cabello con corte escolar y las mujeres el cabello recogido con su respectico moñete o vincha si el cabello es corto.

k)        Respetar, cultivar y promover los valores propios y la identidad cultural del país.

l)            Cultivar y fomentar la solidaridad, compañerismo y respeto mutuo.

m) Comportarse con altura, dignidad y disciplina en actuaciones, paseos, visitas, excursiones, eventos deportivos, culturales y sociales.

n)   Hacer llegar oportunamente las esquelas y citaciones a los padres de familia y devolverla debidamente firmadas.

o)   Justificar las inasistencias y tardanzas en forma oportuna.

p)   Respetar los símbolos Patrios y a nuestros héroes.

q)   Respetar la propiedad ajena y la honorabilidad de las personas.

r)    Estudiar de un modo responsable, esforzándose en desarrollar todas sus capacidades y cumplir con responsabilidad sus tareas en las diferentes áreas para el logro de los objetivos.

s)    Participar en forma voluntaria en el programa de recuperación pedagógica y en forma obligatoria en la evaluación de recuperación.

t)     Portar y conservar el cuaderno de control en perfecto estado y forrado en forma permanente, ya que es el único documento de identificación del alumno (a) y es intransferible.

u)   Conocer y cumplir el reglamento interno del colegio, en cuanto lo que le compete.

v)   Usará correctamente el uniforme de Educación Física (buzo) de la I.E. y solo en los días que su horario lo requiera o cuando lo amerite la IE.

w)  Mantener compostura y buenos modales durante los recreos, cuando acuda al kiosco y al toque del silbato o sirena inmediatamente suspenderá toda actividad dirigiéndose en forma inmediata a su aula.



ART. 33.- LOS ESTÍMULOS PARA LOS EDUCANDOS:



a)   Mayor puntaje en comportamiento, por el cumplimiento de sus obligaciones o acciones destacadas de acuerdo al orden de mérito; trimestrales y fin de. año.

b)   Por su rendimiento académico y/o comportamiento excelente en el grado de estudios y/o cinco grados de secundaria.

c)    Por su esfuerzo deportivo.

d)   Al participar en acciones destacadas y/o colaboración con la Institución Educativa.

e)    Por salir ganadores en concursos educativos. Los estímulos serán:



·      Felicitación escrita por el Director.

·      Diploma al mérito por la Dirección de la Institución Educativa .

·      Viajes de estudios de las secciones que destaquen en  aprovechamiento,  disciplina y conservación del aula.

·      Becas de estudio a los dos primeros alumnos por grado.

·      Resolución de felicitación por la Dirección.

·      Exoneración a los primeros alumnos por grado de pago de APAFA.



ART. 34.- SON FALTAS DE LOS EDUCANDOS:



a)   Atentar contra la salud física y mental entre los educandos.

b)   Introducir juegos de envite, cigarrillos o licores a la Institución Educativa.

c)    Vender boletos, rifas, bingos,  etc.  Sin la autorización de la institución Educativa.

d)   Falsificar  firmas  y  documentos,   tomando   el   nombre de  un superior sin autorización para cualquier acto desobedecer o engañar a sus superiores, alterar las calificaciones de la libreta de notas.

e)    Dedicarse a una actividad distinta a la señalada, en el horario de clases.

f)     Insolentarse o faltar el respeto a sus profesores y cualquier personal del plantel.

g)   Cometer actos reñidos contra la salud, moral y las buenas costumbres que comprometen el prestigio de la Institución Educativa.

h)   Se considera tardanza en ambos niveles con 10 minutos pasado la hora de ingreso.

i)     Traer prendas ajenas al uniforme escolar (aretes, pulseras, etc)

j)     Dejar de concurrir a la Institución Educativa injustificadamente y sin conocimiento de la Dirección de la Institución Educativa por parte de los padres o apoderados.

k)   Fomentar actos de indisciplina dentro y fuera del plantel.

l)     Infringir el presente reglamento referente a sus deberes y obligaciones.

m) No participar en las actividades programadas en la Institución Educativa en forma reiterada o intencional.

n)   Dejar de justificar las inasistencias y tardanza.

o)   Entrar o salir clandestinamente de la Institución Educativa o evadir las clases.

p)   Intentar fraudes en los exámenes, tareas o documentos escolares.

q)   Traer a la Institución Educativa objetos de valor (celulares, radios) o cantidades considerables de dinero (mayores de  s/10.00).

r)    Quedarse en el aula durante las horas de formación, o  actividades cívicas.

s)    Deambular por los patios, pasadizos o en áreas que no le corresponde, en horas de clase.

t)     No portar el cuaderno de control firmado adecuadamente por el padre.

u)   Asistir a la IE. maquilladas o con otro tipo de peinados ajeno al corte escolar.





ART. 35.-DE LAS SANCIONES:



Las sanciones son medidas correctivas contra quienes no acaten las Disposiciones contenidas en el presente reglamento u otra que emane de las autoridades de la Institución Educativa 3071.

El alumnado será sancionado de acuerdo de la gravedad de falta mediante:

-       Amonestación escrita, con citación al padre apoderado.

-       Suspensión de la Institución Educativa 3071.

-       Cambio de Institución Educativa.

-       La amonestación verbal será hecha por los profesores o autoridades de la Institución Educativa, que tengan conocimiento inmediato de la falta. Se informara al profesor tutor.

-       La amonestación escrita será por reincidencia en faltas leves o por una falta grave.

-       Los alumnos que lleguen pasado de los 10 minutos de tardanzas reiterativas no ingresaran a la Institución Educativa.

-       La retención de objetos de valor (celulares, MP3, joyas, etc.), las que serán entregadas al padre de familia y de firmar un compromiso hasta  finalizar el año escolar.

-       Por reincidencia no será entregado hasta finalizar el año escolar presentando el recibo de compra.



El procedimiento será el siguiente:

-        El profesor consejero de aula según el nivel , solicitara la presencia del padre o apoderado.

-        El alumnado será sancionado con amonestación escrita por la Dirección



ART. 36.- LA SUSPENSIÓN:



Se aplicara cuando sea reincidente en faltas graves. El procedimiento será:

-       Con tres tardanzas consecutivas se harán a creedores a una llamada de atención y se les comunicara por escrito a sus padres o apoderados En caso de reincidencias se informara a la Dirección. previa comunicación al padre de familia o apoderado.

-       El profesor consejero o auxiliar de educación informara al comité de TOE los casos de faltas graves quienes acordaran la sanción con opinión del CONEI (Resolución Directoral).

-       La sanción será de la suspensión de la Institución Educativa por: Inmoralidad, fraude calumnia, uso de drogas, fomentar pandillas, maltrato físico a sus compañeros, falsificar documentos, introducir a la Institución Educativa juego de envite o licor, faltar el respeto a sus superiores.

-       Los alumnos que hayan observado baja conducta se condicionara su Matricula, firmara un compromiso de honor conjuntamente con el padre o apoderado. Si el alumno obtuviera por segunda vez situación condicional se procederá a su inmediato cambio de Institución Educativa, facilitándole sus documentos para que pueda ser matriculado en otra Institución Educativa.

TITULO    VII

DE LA JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO, DEL REGISTRO DE ASISTENCIA, DE LAS TARDANZAS

E INASISTENCIAS, DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS.



ART. 37.- DE LA JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO:



a)   Jornada Laboral Pedagógica y cronológica, es el tiempo de duración de trabajo del personal docente y administrativo en la Institución Educativa.

b)   Educación Primaria: 30 horas pedagógicas o 30 horas cronológicas de lunes a viernes.

c)    Educación Secundaria: 24 horas pedagógicas o 30 horas cronológicas, de lunes a viernes.

d)   Auxiliar de Educación: 30 horas cronológicas, de lunes a viernes.

e)    El personal directivo y administrativo cumple 40 horas Cronológicas.



ART. 38.- DEL REGISTRO Y CONTROL DE ASISTENCIA



1)    El encargado del control de la asistencia, es responsable de asegurar que la hora registrada en los relojes marcadores de tarjetas, correspondan a la hora oficial de país y que las darjetas de control permanezcan en los casilleroc correspondhentes, tanto ingreso como a la salida del personal.

2)    Es   responsabili`ad   del   funcionario   y   trabajadkr,   concurrir puntualmente y observar los hobarios establecidos, debiendo ob,igatoriamente, registrar su asistencia al ingreso y salida al centro de labores, mediante el sistema de control utilizado.

3)    El responsable del condrol de asistencia del parsonal de la Institución Educ`tiva 3071 esta obligado a publicab al termino de  24 horas el consolidado mensual de asistencia del personal de ambos niveles y del personal administrativo para informar dentro de las 48 horas a la UGEL

4)    Queda terminandemente prohibidg las juctificaciones posteriores a la publicación del consolidado de asistencia, esta debe realizarse dentro de las 24 horas posteriores a la inasistencia.

5)    El trabajador que se desplaza fuera de la Institución Educativa en servicio, lo hará con la correspondiente papeleta de salida autorizado por el Director y/o por el que le sigue en jerarquía. Al retornar el trabajador a la Institución Educativa deberá entregar firmado y sellado la papeleta por la institución que visitó.



ART. 39.- DE LAS TARDANZAS E INASISTENCIAS:



1.     Tardanza, es el ingreso al centro de trabajo, después de la hora establecida por el dispositivo.



2.     Es conveniente precisar que por razones del horario de emergencia en la Administración Pública, se han recortado las tolerancias para el ingreso de personal, por lo que no están permitidas las justificaciones a tardanzas reiteradas.



3.     Constituye Inasistencia:

-       La no concurrencia al centro de trabajo.

-       Habiendo concurrido, no desempeñarse en su función.

-       El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna.

-       La omisión del marcado de tarjeta u otro mecanismo de control al  ingreso y/o salida sin justificación.

-       El trabajador que por razones de enfermedad, se encuentre impedido de concurrir a su centro de trabajo, esta obligado a dar aviso y justificar a la Dirección, en el termino de 24 horas posteriores.

-       Las tardanzas, así como las inasistencias serán descontadas del ingreso total que percibe el trabajador, estas son independientes a la sanción disciplinaria que establece la Ley.

-       Los descuentos por tardanza e inasistencias constituyen ingresos  del  Fondo de Asistencia y Estimulo  (SUB-CAFAE y CAFAE).

-       Los descuentos por licencias sin goce de remuneraciones, sanciones disciplinarias y paralización de labores, se revierten al Tesoro Publico.



ART. 40.- DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS



1.     LICENCIAS:

              La licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o más días. El uso de derecho de licencia se inicia a petición de parte del interesado. La licencia se formaliza mediante Resolución. Se otorgan:

a)            Con goce de remuneraciones:

-          Por enfermedad.

-          Por gravidez.

-          Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos.

-          Por sustentación de tesis o examen de grado

b)            Sin goce de remuneraciones:

-          Por motivos particulares.

-          Por capacitación no oficializada.



Para hacer uso de licencia sin goce de haber, deberá contar con la visación de la Dirección. Para iniciar el trámite de la licencia, no basta solamente la presentación de la solicitud, de no ser así se considerara como inasistencia injustificada sujeta a sanción de acuerdo a Ley.

El uso y abuso deliberado o simulado de enfermedad será informado por las oficinas de personal u homólogos al titular de la entidad para su tratamiento de acuerdo a Ley.

TITULO VIII



ART.  41 .- DE   LOS   DERECHOS   Y   DEBERES  DEL   PERSONAL   DOCENTE  Y ADMINISTRATIVO



A)  DE LOS DERECHOS:

Los profesores  Y PERSONAL ADMINISTRATIVO al servicio del Estado tienen derecho a los siguientes artículos condicionados en la Ley del profesorado 24029 y su modificatoria 25212 en sus artículos 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, y 43. Y la Ley 29062 Ley de carrera publica.



B) DE LOS DEBERES:

Los profesores servidores de esta Institución Educativa 3071 tienen los siguientes deberes:

*    Cumplir las disposiciones del siguiente reglamento.

*    Velar por   la   buena  marcha   administrativa  y   técnico  pedagógico de la Institución Educativa 3071.

*    Asistir y participar en las actividades programadas por la Institución Educativa 3071

*    Asistir y participar en las actividades cívicas y centrales: Día del Maestro, Aniversario Patrio, Aniversario, clausura en horario establecido en forma general, dos en la mañana y dos en la tarde.

*    Conservar el prestigio institucional y la eficacia profesional.

*    No fumar, no ingerir licor en horas de trabajo.

*    No ingresar a la Institución Educativa en estado etílico.

*    El uso del uniforme es obligatorio para todo el personal docente y administrativo.

*    Y además los considerados establecidos por la ley, como la ley del profesorado en los artículos: 44, 45 y D.S. 276. Art. 21, 23, 25 y 31.

*    Marcar la tarjeta de asistencia en la hora exacta de ingreso o salida, en forma personal e intransferible.

*    Integrar las Comisiones de Trabajo.

*    Asistir a los programas de perfeccionamiento, capacitación, actualización, organizadas por la Dirección.



TITULO  IX



ART. 42.- DE LAS FALTAS Y SANCIONES



1.     Falta disciplinaria, es toda acción u omisión voluntaria o no, que contravenga las obligaciones y prohibiciones tipificadas en las Leyes. La acción de cometer una falta da lugar a la aplicación de la sanción correspondiente. Son faltas graves:

-       Acosar de cualquier índole al alumnado y al personal de la Institución Educativa.

-       Mandar o hacer encargos personales a los alumnos.

-       Ofrecer en venta a sus alumnos: rifas, bingos, polladas, artículos u otros objetos que no tenga la debida autorización de la Dirección.

-       Realizar visitas de estudios o excursiones, actividades deportivas, culturales y artísticas sin autorización de la Dirección.

-       Obligar o inducir a dar una suma de dinero, a un alumno a su cargo para ser aprobado en una determinada área o asignatura.

-       Abandonar la IE. , en horas de labor sin permiso ni justificación alguna.

-       Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función.

-       Solicitar cuotas de dinero a los alumnos o padres de familia sin la autorización respectiva.

-       Incitar a los alumnos a formar grupos disociadores o provocar desórdenes en la IE.

-       Asistir a la IE. En estado no ecuánime, etílico o fomentar escándalos de palabra u obra delante de los alumnos.

-       Inasistir a sus labores reiteradamente por motivos que no sean justificados.

-       Dejar de ingresar al aula al toque del timbre que señala el trabajo.

-       Someter a castigos corporales o sicológicos a sus alumnos lesionando su personalidad.

-       Simular reiteradas enfermedades.

-       Renunciar a cargos que le hubiera sido encomendado a favor de la IE., sin motivo justificado.

-       Sacar fuera del plantel materiales, mobiliario, u otros objetos sin autorización.

   Registrar y/o firmar indebidamente la tarjeta de control o parte diario de asistencia.

   El incumplimiento al presente Reglamento de Control de Asistencia    y Permanencia.



2.     La falta es tanto más grave, cuanto más alto es el nivel del funcionario   o  servidor  que   la  comete.   La   reincidencia   y reiteración constituye serio agravante.

3.     La calificación de la gravedad de la falta, es atribución de la autoridad competente o de la Comisión de Procesos Administrativos.

Sanciones al personal docente y administrativo:

v Quienes incurran en el incumplimiento de sus funciones, trasgredan las disposiciones legales y administrativas y /o incumplan el presenten Reglamento, serán objeto de las siguientes sanciones :

1.     Llamada de atención verbal por parte de los sub-directores o del Director de la IE.

2.     Amonestación escrita del Director de la IE.

3.     Informe a la Dependencia inmediata superior.

4.     Suspensión del servicio y aplicación de las normas legales vigentes.

5.     En caso de inasistencia a las reuniones, trabajos o actividades programadas por la IE. serán sancionados con el descuento de un día laborable.



Todas las faltas, tardanzas, abandonos, deben ser publicadas en forma obligatoria mensualmente en la Sub Dirección correspondiente, (papelógrafo).

TITULO  X



ART. 43.- DE LOS ESTÍMULOS AL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO.-



Los estímulos a que se hacen acreedores el personal son:



-          Mención honrosa.

-          Felicitación escrita.

-          Diploma de Merito.

-          Resolución de felicitación.              



a) Además, por puntualidad en la asistencia o desempeño eficiente y eficaz de la función, se otorgará:

-       Resolución de felicitación, la misma que será entregada con ocasión del día del Servidor Público o Día del Maestro. Previo informe documentados de la autoridad competente (Director, Consejo académico, Comisión R.I., etc.).

-       Becas, estímulos materiales y económicas de acuerdo a la disponibilidad de la I. E. independientemente del estimulo que pudiera otorgar el CAFAE-ME y SUB-CAFAE.

-       Los   Profesores que se identifican con la Institución Educativa  y reúnan los requisitos estipulados en las normas vigentes serán seleccionados para dictar clases en el PRP.

-              Deben recibir capacitación, y paseos auspiciado por la Dirección como mínimo dos  docente por ciclo.

-              Dar reconocimiento al Profesor Cesante mediante una Resolución de Felicitación y un plato recordatorio entregado en el Aniversario de la Institución Educativa. 

-               Para el otorgamiento de estímulos por parte de los estamentos superiores, el Director elevara la petición correspondiente, adjuntando los documentos probatorios que diera lugar, así como copia del acta en que se acordó la petición del estímulo.



TITULO XI

DISPOSICIONES  COMPLEMENTARIAS



PRIMERO.- El presente reglamento, luego de su aprobación entrara en vigencia por tres años consecutivos, y además se entregara un ejemplar a todo el  personal, con disponibilidad económica de la Institución Educativa N° 3071 "Manuel T. García Cerrón"

SEGUNDO.- El trabajador tiene derecho al descanso de un día .por su onomástico. Si tal día coincide con Sábado, Domingo o feriado no laborable, el descanso se hará efectivo, el primer día útil siguiente.

TERCERO.- El servidor tiene derecho a tres (03) de acuerdo a la RM. 571 – 94 – ED. días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales, el mismo que será concedido previa autorización del Director.

CUARTO.-  Los profesores tienen derecho a un (01) día de permiso por el Día del Maestro.

QUINTO.- La Comisión de Reglamento Interno, será encargado de verificar, su cumplimiento, realizando una evaluación Bimestral, emitiendo el respectivo informe a la Dirección, a la Asamblea de docentes y a la UGEL.



Puente Piedra, Enero del 2 010.









COMISIÓN DE REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN

INTEGRANTES DE PRIMARIA Y SECUNDARIA DE AMBOS TURNO:

·         Visitación Concha Guerrero.

·         Isabel Cristina Torres León.

·         Nicanor de Paz Alvarado.

·         Romelia Rodríguez Alarcón

·         Máximo Saga Lipa.

·         Sonia Altez Muñoz.

·         Serapio Ariza Neyra.

·         Carmela Dávalos Herrera.

·         Esperanza Janet Valencia Acuache.

·         Mónica Zenaida Rivera Cueto.

·         María Soledad Trujillo Quezada.

·         Zoila Rosa López  Abarca.


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